Peritajes & Peritos

La mayoría de las instalaciones de reactivos utilizados en el tratamiento de agua están sujetas, por lo que respecta al Almacenamiento de Productos Químicos, al correspondiente reglamento.

Aquellas conectadas a redes de Comunidades de Regantes no son una excepción, por lo que, desde el 25 de octubre de 2017, todas las nuevas instalaciones, así como las modificaciones de las existentes, deberán cumplir con lo establecido en el RD 656/2007.

Exceptuando instalaciones de tamaño reducido, para la legalización de la mayoría se requiere la redacción de un Proyecto o Memoria Técnica que justifique la correcta aplicación del correspondiente reglamento y que deberá integrarse en el expediente de legalización a presentar en la Delegación de Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente, siendo en el caso de la Comunidad Valenciana la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos y Comercio. Todo ello con el objetivo de proceder a su registro.

Desde 4Plus Ingenieros y Arquitectos venimos realizando durante los últimos años este tipo de legalizaciones para aquellas Comunidades de Regantes que confían en nosotros, abarcando el proceso completo, desde el diseño inicial de la instalación hasta la correspondiente finalización del proceso de legalización ante las autoridades competentes, pasando por la redacción del Proyecto Técnico y la correspondiente Dirección Facultativa durante la ejecución.

Fuente: 4 Plus Ingenieros y Arquitectos

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