Peritajes & Peritos

Como bien hemos ido informando, la inspección de trabajo intentó sancionar a algunas empresas que no registraban la jornada de sus trabajadores, pronunciándose los tribunales a favor de las mismas.

Así pues, en consecuencia de lo anterior, el citado Real Decreto-Ley establece como nueva obligación para las empresas “garantizar el registro diario de la jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria establecida”.

El incumplimiento de esta obligación se califica como infracción laboral grave y se sancionará con multa que podría llegar a los 6.250 euros.

La medida entrará en vigor el próximo 12 de mayo.

Además de lo anterior, se han aprobado otras medidas importantes:

  • El subsidio por desempleo se reduce de 55 a 52 años.
  • Incremento de la asignación económica por hijo a cargo hasta los 341 (antes 241€) euros anuales y hasta los 588 euros anuales en el caso de las familias en situación de pobreza severa.
  • Incremento de las cuantías mínimas de la pensión contributiva de incapacidad permanente total para menores de 60 años.
  • Se introduce, la nueva prestación por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, así como se adecuan las referencias a maternidad y paternidad a la nueva denominación de nacimiento y cuidado del menor, remitiendo, para su regulación a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
  • Bonificación por la contratación laboral indefinida de personas desempleadas de larga duración. Personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación, mediante una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social. Para la aplicación de dicha bonificación, se establece que se deberá mantener en el empleo al trabajador contratado al menos tres años desde la fecha de inicio de la relación laboral.
  • Medida de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística. (prolongación todo el 2019)

Fuente: GAC Grupo de Asesoramiento y Consulting

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