El Análisis Cuantitativo de Riesgos (ACR), determina los efectos físicos y para la salud humana de los distintos escenarios accidentales planteados en un establecimiento, susceptibles de generar un accidente grave.
Los riesgos calculados se expresan en términos de riesgo individual y riesgo social que definimos a continuación:
Riesgo Individual:
Se define como la frecuencia en que una persona sea víctima de la materialización de un accidente. Esta frecuencia está referida siempre:
Estos datos se representan bajo la forma de curvas de isoriesgo:
Riesgo Social:
Se define como la frecuencia en que un grupo formado por un número determinado de personas, sean víctimas al mismo tiempo de la materialización de un accidente. Las personas involucradas se asume que disponen algún tipo de medio de protección. En este caso también referido a un periodo de un año.
Estos datos son representados mediante unas curvas FN en un gráfico logarítmico:
Las guías de reconocido prestigio, tales como Guideline for quantitative risk assessment “Purple Book” establecen criterios para determinar la aceptabilidad del riesgo.
Además, estos modelos permiten determinar la contribución del riesgo de una modificación en un establecimiento.
En definitiva, el Análisis Cuantitativo de Riesgos (ACR) es:
Las actividades industriales sufren a menudo modificaciones, las cuales en algunos casos pueden tener consecuencias importantes en lo que respecta a los riesgos de accidente grave. Estas modificaciones pueden afectar a zonas de almacenamiento, proceso o características y cantidades de sustancias peligrosas presentes en el establecimiento.
El artículo 11 del RD840/2015 establece los siguientes criterios, para considerar que una modificación pueda tener consecuencias importantes sobre los riesgos de accidente grave:
Cabe destacar que los criterios anteriores no tienen carácter limitativo, sino que el órgano competente de la comunidad autónoma podrá fijar criterios más restrictivos.
En caso que, de acuerdo con los criterios anteriormente indicados o aquellos fijados por el órgano competente de la comunidad autónoma, determinen el incremento del riesgo de accidente grave, se deberá proceder del siguiente modo:
Además el industrial deberá informar al órgano competente de la comunidad autónoma, antes de proceder a las modificaciones proyectadas.
Los órganos competentes de cada comunidad autónoma tienen por obligación, de acuerdo con el artículo 14 del RD840/2015, de velar por que se tengan en cuenta los objetivos de prevención de accidentes graves y de limitación de sus consecuencias para la salud humana, los bienes y el medio ambiente en sus instrumentos de planificación territorial y urbanística. Esto es aplicable tanto para nuevos emplazamientos, como para modificaciones de establecimientos existentes.
En este sentido, la herramienta para determinar la aceptación del riesgo del conjunto de un establecimiento afectado por la normativa Seveso, es el Análisis Cuantitativo de Riesgos.
En TANDEM HSE realizamos estudios para la determinación de la posible afectación sobre el riesgo de accidente grave, de cualquier tipo de modificación de la actividad, ya sea en almacenamientos, procesos que se llevan a cabo, o cambios en las sustancias o mezclas peligrosas presentes.
Para ello, realizamos los siguientes estudios:
En Tandem HSE disponemos del software EFFECTS & RISKCURVES (GEXCON) como herramienta de soporte.
Además elaboramos Informes de Seguridad y Planes de Autoprotección, de acuerdo con el RD1196/2003, RD393/2007, así como las correspondientes normativas autonómicas.
En caso necesario, también nos adaptamos a los requisitos específicos de nuestros clientes.
Pueden consultar más información en Estudios y análisis de riesgos tecnológicos.
Albert Cano Castro