Debido a la situación extraordinaria que estamos viviendo, durante este ejercicio 2021, la Generalitat de Catalunya abrió diferentes ayudas financiadas por el Gobierno a determinados sectores, las cuales a partir del 1 de noviembre y hasta el 30 del mismo mes deben justificarse.
¿En qué casos están obligados a acompañar dicha cuenta con un informe de auditor?
La normativa nos remite al artículo 75.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, donde se especifica que aquellas subvenciones por importe inferior a 60.000 euros no deberán aportar informe de auditor, pudiendo presentar únicamente una cuenta justificativa simplificada. Por tanto, aquellas que superen dicho importe deberían presentar el informe del auditor junto a la cuenta justificativa de la subvención.
Todo y ello todos los beneficiarios deben cumplir unos compromisos y obligaciones que son los siguientes:
Seguir leyendo en AUDIAXIS AUDITORES
Portal de Peritaje y Peritos en España
¡Suscríbase a nuestro newsletter para estar al día con las últimas noticias y ofertas!
2024 © Chequeo, Gestión y Planificación Legal, SL. Todos los derechos reservados. Terminos y Condiciones | Política de Privacidad
Actualidad
Directorio
Provincias