Peritajes & Peritos

La reciente sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº20 de Barcelona 1/2021, de 8 de enero, que declara que se procede a la reducción de renta del 50% con efectos desde el 1 de abril de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021, es un claro ejemplo del papel determinante de la pericial económica para acreditar los requisitos de aplicación de la cláusula “rebus sic stantibus”. En este sentido, el informe emitido por Rodrigo Cabedo Gregori, aportado en la demanda presentada por el prestigioso abogado Alejandro Fuentes-Lojo, en palabras de este último: “ha sido clave para demostrar con los números en la mano la situación complicada sobrevenida por el coronavirus, que dejaba sin buena parte de sus ingresos a este hostelero”.

Aunque la sentencia no es firme, este procedimiento supone una muestra más del papel determinante de los informes periciales económicos y convierte al economista (REFOR) en el profesional idóneo para fundamentar las pretensiones de las partes y acreditar los hechos económicos objetivos relevantes, además de la tradicional labor de auxiliares de la administración de justicia.

Con este motivo compartimos un artículo sobre el tema que saldrá publicado a mediados de febrero en el del Col·legi d’Economistes de Catalunya. Leer el artículo aquí.

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Economistas

Fuente: Cabedo Asociados

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