Cuando una relación de pareja atraviesa dificultades irreparables, y llega el momento de tomar la decisión de ponerle fin te encuentras con varias vías legales para hacerlo, y no siempre es sencillo saber cuál es la que más te interesa.
Dar con la mejor solución pasa por entender cada una: la nulidad matrimonial, el divorcio y la separación, que, aunque suenen similares, representan situaciones y consecuencias legales completamente diferentes.
Tener claro cada una es fundamental para seguir adelante tras la ruptura.
Un procedimiento legal que declara que un matrimonio nunca fue válido desde el principio.
En otras palabras, se considera que no existió jurídicamente porque no cumplía con los requisitos necesarios para ser válido.
Un matrimonio puede ser declarado nulo si se demuestra que, en el momento de su celebración, existía algún impedimento legal como estos que te exponemos:
Si una de las partes no da su consentimiento de manera libre y consciente, hablamos de casos de coacción o amenazas para que se lleve a cabo.
Falta de capacidad
Cuando uno de los cónyuges es menor de edad, o si tiene alguna incapacidad mental que impida comprender el matrimonio.
Recordemos que, en cuanto a los menores de edad, existía una dispensa matrimonial que les permitía casarse desde los 14 años, pero que tras la Ley de la Jurisdicción Voluntaria ha desaparecido, en la actualidad solo es posible el matrimonio de menores en el caso de que tengan 16 años y estén emancipados.
Matrimonio previo no disuelto
Este caso se refiere a que uno de los contrayentes ya está casado y no se ha divorciado en el momento de la nueva unión.
Parentesco cercano
Si existe una relación de parentesco directo entre los cónyuges (como hermanos o padres e hijos).
Fraude o engaño
Si el matrimonio se celebra bajo falsas pretensiones o con intenciones fraudulentas, y también en los casos de falsedad de documentos oficiales, y si se utiliza una identidad falsa.
En estos supuestos, te expones a sanciones económicas que se endurecen si se demuestra que son hechos se llevan a cabo con ánimo de lucro.
Sencillamente, después de ella, el matrimonio deja de existir.
Los hijos nacidos durante la relación conservan sus derechos, como hubiera sido válido, por ejemplo el de recibir alimentación o los derechos de herencia, que ambos quedan intactos.
Por último, en caso de que una de las partes no tuviera conocimiento de los hechos que han llevado a la nulidad y haya salido perjudicada, puede recibir una compensación económica.
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