Peritajes & Peritos

Cuando casi no ha dado tiempo a que empiece a funcionar la reforma concursal prevista en la Ley de Emprendedores 14/2013, que creó la figura del acuerdo extrajudicial de pagos, el Gobierno, en su afán reformista, mediante decreto-ley 4/2014, nos ha brindado la posibilidad de mejorar las refinanciaciones de las empresas introduciendo una nueva redacción del artículo 5 bis de la ley concursal que en su acepción mas popular se denomina Preconcurso y que ahora está en relación con la también modificada disposición adicional 4ª.

Pero para no abrumar con referencias legales complejas, en el presente trabajo trataremos de resumir las características esenciales de dicho decreto y su utilidad para las empresas y particulares.

Acuerdos de refinanciación particulares con actividad empresarial,  y pequeñas sociedades

El deudor emprendedor que haya intentado un acuerdo extrajudicial de pagos al que deberá acudir y pagos que operaba la Ley de emprendedores 14/2013, podría llegar a la remisión de la totalidad de las deudas pero pagando los créditos privilegiados y los de contra la masa (aspecto novedoso)

Acuerdos de refinanciación particulares no empresarios

Tiene un nuevo incentivo consistente en la remisión del 75% de las deudas. Pagando los privilegiados y los gastos contra la masa

Acuerdos de refinanciación de sociedades mercantiles

Con la comunicación al juzgado de que se van a iniciar negociaciones con nuestros acreedores, se producen los siguientes efectos:

1. Se paralizan las ejecuciones singulares mientras dure el proceso de negociación con los acreedores, (el antiguo “paraguas” del las suspensiones de pagos) pero con la excepción de los bienes que no sean necesarios para la continuidad de la actividad empresarial.

2. Se puede hacertratos diferentes con distintos acreedores.

3. El deudor puede alcanzar adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, o iniciar gestiones encaminadas a la refinanciación, permitiendo posteriormente la homologación judicial del acuerdo, evitando así el proceso concursal.

Con estas nociones básicas se pretende poner en conocimiento de nuestros clientes que existen unas vías alternativas ante la situación de crisis empresarial tanto de empresarios como particulares.

En GAC somos expertos en refinanciaciones y reestructuraciones por lo que estamos en disposición de poder ayudar así como responder a sus preguntas ante cualquier situación, orientándole para que tome la decisión más acertada.

Si necesita hacer alguna consulta nos las puede dirigir en Ask o a través del siguiente correo

Concursal@gacgrup.com