Peritajes & Peritos

Tanto planes de pensiones como seguros de vida están entre las consultas habituales de los clientes a nuestros abogados especialistas en herencias.

La duda es si, alguno de ellos, o ambos, deben incluirse en el inventario de la herencia o no corresponde sumarlos a la masa hereditaria.

Cabe pensar que son parte del patrimonio del fallecido y que, por tanto, sí, pero puede que no sea tan sencillo de responder.

Como cualquier otro tema de Derecho Sucesorio, hay que detenerse a estudiar cada caso, y sus características, antes de dar la solución que más te favorezca dentro de lo que dice la ley.

Planes de pensiones, y seguros de vida, qué es cada uno

En ambos, estamos hablando de una cantidad de dinero que el testador acuerda que, a su muerte, debe recaer en otra persona, ya sea en alguien elegido por él o un heredero legal, para que sea su beneficiario.

Hasta ahí podemos ver la similitud, luego, tanto en su contratación, en su propósito, como en tu tratamiento fiscal, son muy diferentes.

¿Qué es un plan de pensiones?

Un plan de pensiones se contrata cuando decides iniciar un proyecto de futuro para tu jubilación, tu propósito es contar con un capital para disfrutar en esa época en la que termina tu vida laboral y los ingresos disminuyen.

Se trata de abrir una cuenta bancaria en la que, poco a poco, y sin darte cuenta, aumente su capital con aportes recurrentes, mensuales o puntuales, que tú mismo decides cuándo hacer y qué cantidad.

Así, cuando llega el día, dispones de ese dinero que has conseguido, y al que puedes acceder cuanto te jubilas, de hecho, no solo es posible en ese momento, sino también en casos excepcionales que se tienen en cuenta a la hora de la contratación, como pueden ser desempleo de larga duración, incapacidad laboral permanente, enfermedad grave o fallecimiento.

Los planes de pensiones, en parte, dependen del patrimonio del contratante, que es quien decide la cantidad que suma cada mes, con la mirada puesta en que, cuanto más ahorre, más tendrá llegado el momento.

En definitiva, podemos compararlos con esa una hucha que, sin darte cuenta, vas engordando, y que va a estar ahí cuando la necesitas.

No solo eso, sino que este tipo de planes cuentan con una rentabilidad de la que te puedes aprovechar, así, cuando rescatas esa cuenta, es decir, accedes a ella, esa cantidad ingresada ha aumentado más con los intereses conseguidos.

¿Qué es un seguro de vida?

En este caso hablamos de un dinero que se acuerda con una compañía de seguros, mediante un contrato donde se establece la cantidad que debe recibir el beneficiario del seguro cuando fallezca el firmante.

En ese acuerdo se determinan unas condiciones que se han de cumplir para que, tras el fallecimiento, se reciba el capital asegurado, en este caso, derechos y obligaciones, tanto de asegurado como de asegurador, se regulan en la Ley de Contrato del Seguro.

Esta cantidad no pertenece al asegurado, no forma parte de su patrimonio, y por norma general, tiene un beneficiario a quien le corresponde tras la muerte.

De hecho, es ese el propósito, que esa persona a quien quieres favorecer cuando mueras, reciba una cantidad de dinero que tú ahora no puedes utilizar, está guardado hasta el momento de tu fallecimiento, y solo lo va a recibir el beneficiario de tu seguro de vida.

Esto es muy importante cuando llega la apertura del testamento, esa cantidad, como decimos, no depende del patrimonio del asegurado, no es algo que, hasta ese momento, le pertenezca, no es parte de sus posesiones, por lo que no se debe repartir con el resto de la herencia.

Planes de pensión y seguros de vida en una herencia

Una vez que conocemos a fondo qué es cada uno, vamos a ver cómo afecta y a quién van dirigidos, si el titular fallece.

Un plan de pensiones, ¿se hereda?

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