Si su empresa vende a consumidores finales y surge alguna discrepancia con alguno de ellos, es posible que éste le presente una reclamación a través de una junta arbitral de consumo. Y usted puede aceptar o no este arbitraje, pues se trata de un sistema voluntario. No obstante, tenga en cuenta:
Si finalmente acepta el arbitraje, el laudo final es obligatorio (ambas partes podrán exigir que se cumpla), y las posibilidades de recurrirlo son escasas (ya que, en general, sólo es recurrible por cuestiones formales).
Aceptar el arbitraje le permitirá resolver el tema de forma barata y rápida (no necesita abogado y el procedimiento suele ser más rápido que la vía judicial). Además, la adhesión previa al sistema arbitral puede ser un reclamo comercial para dar mayor confianza a sus clientes. Pero si quiere tener la posibilidad de recurrir si la primera resolución no le es favorable (por ejemplo, porque la cuantía reclamada es elevada), en general los tribunales le ofrecerán mayores posibilidades de recurso.
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