Peritajes & Peritos

Uno de los objetivos esenciales de nuestra tarea como peritos calígrafos es determinar si un documento es auténtico o falso, basando ese dictamen en pruebas científicas. Una trascendente labor que vas a entender mejor después de conocer las 4 penas por falsedad documental que existen. Un delito que, en ningún supuesto, se puede considerar menor.

Antes de entrar en el detalle de las penas por falsedad documental hay que destacar el dato de que se recogen dentro del actual Código Penal. Traducido en términos coloquiales, esto quiere decir que pueden llevar a prisión a los condenados. El factor determinante, como veremos, es la naturaleza del documento alterado y, también, si el autor es un funcionario/autoridad o trabaja en el ámbito privado.

1. Cuando se falsifica un documento público

Se trata de todos aquellos documentos que cuentan con la ratificación de una autoridad competente, es decir, un fedatario público competente o un notario, y que tienen fuerza probatoria en un proceso judicial. La Ley de Enjuiciamiento Criminal establece una enumeración detallada de cuáles son estos escritos.

Respecto a las penas por falsedad documental en estos supuestos se aplican dependiendo de la autoría. Si es una autoridad o un funcionario van de 3 a 6 años, con posible multa de 6 a 24 meses e inhabilitación especial por un periodo de 2 a 6 años. Para los privados la pena es prisión de 6 meses a tres años y multa de 6-12 meses.

2. Falsificaciones en certificados

Son aquellos que se expiden por una autoridad o funcionario en el ejercicio de su cargo o los emitidos por una entidad de Derecho Público en el cumplimiento de sus funciones. Las penas por falsedad documental en este apartado se calibran dependiendo del autor. Oscilan entre la multa de tres a 12 meses para facultativos y los seis meses a dos años de suspensión para autoridades o funcionarios.

3. Las penas por falsedad documental en el área mercantil

Dentro de este epígrafe entran todos los documentos que recogen un derecho o un acto de naturaleza mercantil. Una amplísima categoría en la que se incluyen las tarjetas de crédito/débito, los cheques de viaje o los títulos de valores. Pero, también los balances, documentos contables y actas de reuniones de las sociedades mercantiles. Y, además, cualquier factura, albarán o justificante de acto comercial. Estas penas por falsedad documental figuran en el artículo 399 bis y oscilan entre los 4 y 8 años de prisión, multas a parte.

4. Penas por falsedad documental en el ámbito privado

Dejamos para el final este apartado ya que recoge todos los documentos que no entran en las otras tres categorías. El ejemplo más recurrente es el de un contrato de compra-venta privado o uno de alquiler de vivienda. Las consecuencias legales de este delito figuran en el artículo 395 del Código Penal: entre 6 meses y dos años de prisión.

Estas son la claves para conocer las 4 penas por falsedad documental que existen. Hay otros conceptos que también entran en juego a la hora de valorar la gravedad de un supuesto delictivo concreto. Un tema complejo, pero de cuya gravedad no queda duda.

Categoria

Fuente: Peritos Calígrafos Judiciales

Source