Peritajes & Peritos

Si como empresario o autónomo ha solicitado una de las subvenciones del programa ‘Kit Digital’, es importante que conozca cómo afecta a su tributación.

Como ya sabrá, el Kit Digital es una subvención dirigida a autónomos y empresas de hasta 250 trabajadores para implementar soluciones digitales (como presencia en internet, ciberseguridad, e-commerce, entre otros). La cuantía de la subvención depende del tamaño de la empresa y el número de trabajadores, oscilando entre 3.000 y 29.000 euros.

El bono puede utilizarse para diferentes soluciones digitales, con un importe máximo subvencionable que varía según el tipo de empresa y solución (entre 1.000 y 29.000 euros).

Las soluciones deben contratarse con proveedores autorizados ("agentes digitalizadores"). La subvención cubre el importe correspondiente, excepto el IVA, que deberá abonar su empresa.

Para más información y solicitud de la subvención, acceda al portal Acelera Pyme.


Tributación de la subvención

Imputación según la finalidad de la subvención

  • Subvención corriente: Si la ayuda se destina a cubrir gastos del ejercicio, se imputa como un mayor ingreso en el ejercicio en el que se notifique su concesión.
  • Subvención de capital: Cuando la subvención se vincula a la adquisición de un bien patrimonial, su imputación se realiza a medida que se amortice el bien adquirido.

Tratamiento fiscal del inmovilizado

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