Peritajes & Peritos

La condición de administrador de hecho en principio no abarca a los apoderados. Pero cabe la equiparación si se actúa como tal…

El administrador de hecho es aquella persona que, si bien formalmente no ocupa el cargo de administrador, es quien efectivamente dirige la sociedad. Esta figura suele actuar desde la sombra, sustituyendo o controlando a los administradores “oficiales” (los que constan como tales), y en la mayoría de los casos es la única que se relaciona con clientes, proveedores, asesores, etc., en nombre de la empresa. Esto es importante porque, a efectos de responsabilidad, la ley permite considerar a quien actúa así como un auténtico administrador, a pesar de que no ostente formalmente el cargo.

Según la ley, son considerados administradores de hecho las siguientes personas:

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