Peritajes & Peritos

Debido a la situación extraordinaria que estamos viviendo, durante este ejercicio 2021, la Generalitat de Catalunya abrió diferentes ayudas financiadas por el Gobierno a determinados sectores, las cuales a partir del 1 de noviembre y hasta el 30 del mismo mes deben justificarse.

¿En qué casos están obligados a acompañar dicha cuenta con un informe de auditor?

La normativa nos remite al artículo 75.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, donde se especifica que aquellas subvenciones por importe inferior a 60.000 euros no deberán aportar informe de auditor, pudiendo presentar únicamente una cuenta justificativa simplificada. Por tanto, aquellas que superen dicho importe deberían presentar el informe del auditor junto a la cuenta justificativa de la subvención.

Todo y ello todos los beneficiarios deben cumplir unos compromisos y obligaciones que son los siguientes:

  1. Mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022.
  2. No repartir dividendos durante 2021 y 2022.
  3. No aprobar incrementos en las retribuciones de alta dirección durante un periodo de dos años desde la fecha de concesión de la ayuda.
  4. ...

Seguir leyendo en AUDIAXIS AUDITORES

Foto yanalya - www.freepik.es