Peritajes & Peritos

En estos días, en muchas auditorías que llevamos en curso, más de 120 empresas de desarrollo, como líderes absolutos en esta materia, nos consultan sobre soluciones que ofrecen API o similares para la implementación de la ley antifraude o de VERI*FACTU, aconsejando su contratación con promesas que estas API cumplen con la legislación.

Dado que la ley antifraude es lo suficientemente extensa como para plantearse algunas cuestiones que debéis exigir a estos proveedores vamos a incluir algunos puntos que, como empresas de desarrollo de soluciones de facturación no os podéis arriesgar cuando contratéis una plataforma API o similar.

Algunos consejos cuando evaluéis estas plataformas:


No existe ninguna plataforma actualmente que permita cumplir con la ley antifraude al completo.

Esto es así porque la mayoría de las plataformas se comprometen a cumplir VERI*FACTU, pero recordemos que la ley antifraude está compuesta por 4 epígrafes fuera del reglamento, que afecta a la facturación, contabilidad y procesos de gestión, el reglamento, cuyos requisitos van más allá de VERI*FACTU, RD1619/2012 y otros.

Consejo: Una plataforma API no hará que cumplas con la ley antifraude al 100% y necesitas igualmente cumplir con el resto del marco legal.

Certificado de cumplimiento VERI*FACTU

Supongamos que su software está instalado en 100 clientes. Según nuestra calculadora de sanciones esto supone una sanción orientativa por incumplimiento durante el primer año a la empresa de desarrollo de en torno a 1.2 millones de euros. ¿Vamos a dejar en manos de un tercero la posibilidad de esta sanción?

Consejo: Solicita por escrito que te entreguen un informe de un auditor independiente donde se indique claramente el cumplimiento de VERI*FACTU con las evidencias adecuadas que garanticen su funcionamiento.

Las plataformas API deben almacenar y custodias todos los registros XML durante el periodo obligatorio

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