En estos días, en muchas auditorías que llevamos en curso, más de 120 empresas de desarrollo, como líderes absolutos en esta materia, nos consultan sobre soluciones que ofrecen API o similares para la implementación de la ley antifraude o de VERI*FACTU, aconsejando su contratación con promesas que estas API cumplen con la legislación.
Dado que la ley antifraude es lo suficientemente extensa como para plantearse algunas cuestiones que debéis exigir a estos proveedores vamos a incluir algunos puntos que, como empresas de desarrollo de soluciones de facturación no os podéis arriesgar cuando contratéis una plataforma API o similar.
Algunos consejos cuando evaluéis estas plataformas:
Esto es así porque la mayoría de las plataformas se comprometen a cumplir VERI*FACTU, pero recordemos que la ley antifraude está compuesta por 4 epígrafes fuera del reglamento, que afecta a la facturación, contabilidad y procesos de gestión, el reglamento, cuyos requisitos van más allá de VERI*FACTU, RD1619/2012 y otros.
Consejo: Una plataforma API no hará que cumplas con la ley antifraude al 100% y necesitas igualmente cumplir con el resto del marco legal.
Supongamos que su software está instalado en 100 clientes. Según nuestra calculadora de sanciones esto supone una sanción orientativa por incumplimiento durante el primer año a la empresa de desarrollo de en torno a 1.2 millones de euros. ¿Vamos a dejar en manos de un tercero la posibilidad de esta sanción?
Consejo: Solicita por escrito que te entreguen un informe de un auditor independiente donde se indique claramente el cumplimiento de VERI*FACTU con las evidencias adecuadas que garanticen su funcionamiento.
Sigue leyendo en LEY ANTI FRAUDE