Peritajes & Peritos

En este artículo vamos a abordar las diferencias más importantes entre la rescisión y la nulidad de la partición de la herencia de la mano de nuestros abogados expertos en Herencias.

¿Qué es la partición de la herencia?

Cuando hablamos de partición de la herencia nos estamos refiriendo al conjunto de operaciones que se llevan a cabo para dividir la comunidad hereditaria y adjudicar a los coherederos y legatarios de parte alícuota aquella porción que les corresponda.

La partición sólo se realiza respecto de los activos de la herencia, no del pasivo.

¿Y qué pasa con las deudas del causante y las cargas de la herencia si las hay?

O bien serán satisfechas por los herederos en lo que les corresponda o bien serán liquidadas durante la partición.

La partición de la herencia puede ser total o parcial.

Si la partición es total afectará a todos los bienes y derechos que formen parte del haber hereditario; mientras que si se trata de una partición parcial afectará tan sólo a una parte de los bienes.

En el caso de las particiones parciales seguirá existiendo la comunidad hereditaria en relación con aquellos bienes que no han sido objeto de la partición y posteriormente deberá realizarse una partición sobre ellos.

¿Qué es la nulidad de la partición?

El único supuesto sobre nulidad de la partición recogido en el Código Civil se encuentra en el artículo 1081.

Este precepto prevé que la partición sea nula cuando se haya incluido en ella a quién se reputaba heredero sin serlo, por carecer de título válido.

Seguir leyendo en VILCHES ABOGADOS

foto freepick