Peritajes & Peritos

En el caso del comportamiento del, por el momento, presidente de la Federación Española de Fútbol, durante la celebración de la Final Femenina del pasado 20 de agosto no deja de dar titulares, tanto nacionales como internacionales.

En este momento, comienza una investigación a Luis Rubiales por dos posibles delitos. El primero, exhibicionismo obsceno ante menores, recordemos el gesto vergonzoso y, totalmente fuera de lugar, en el palco junto a la Reina y la Infanta Sofía, algo de lo que fueron testigos espectadores de todo el mundo, incluidos muchos menores.

El segundo motivo de investigación, es el posible delito de agresión sexual a Jenni Hermoso, con el beso del que tanto hemos oído hablar en medios y redes sociales.


¿Qué implica la apertura de diligencias de la Fiscalía?

Un cambio importante en el discurrir del caso.

Hasta ahora, las repercusiones no excedían de las acciones que pudiera tomar la Federación de Fútbol, tanto la española (RFEF) como la internacional (FIFA), que podían “invitar” a Rubiales a dar el paso de la dimisión, decisión que no parece que fuera a tomar o, en otro caso, a suspender o inhabilitar de su cargo.

La Fiscalía, hasta que no existe una denuncia, como ha sido ahora, no puede tomar parte.

Inicio de diligencias de la Fiscalía contra Luis Rubiales

Una vez que un tercero denuncia los hechos, la rueda comienza a girar y los acontecimientos se aceleran.

Esta denuncia es la apertura de una investigación, con todo lo que eso implica.

Análisis de pruebas, estudio de vídeos, información en redes y otros medios, incluso, si lo considera, solicitar más para tener una visión más completa de lo ocurrido.

Una vez con toda la información en su poder, en su mano está decidir si se archiva el caso, o si existen indicios de criminalidad, para seguir adelante y abrir un procedimiento abreviado.

En esta investigación, el objetivo es que la Fiscalía concluya si los hechos fueron consentidos o, por el contrario, deben ser condenados y sancionados.

Este procedimiento abreviado es lo que necesita el juez para iniciar el proceso judicial y las diligencias penales.

¿Qué es un procedimiento abreviado?

Es, digamos, el paso previo a un procedimiento judicial.

Agiliza los procesos legales en infracciones que no supieran los 9 años de cárcel, y que se recogen en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (art. 757 y siguientes).

Las condiciones principales, para que pueda iniciarse un procedimiento abreviado, son la existencia de una denuncia de terceros, y que no exista oposición de la víctima a que siga su curso.

Dos condiciones que, a día de hoy y tras el desarrollo de los acontecimientos, se cumplen.

Denuncias que inician las diligencias de la Fiscalía

Sigue leyendo en VILCHES ABOGADOS