Las Viviendas de Protección Oficial (VPO) son aquellas que cuentan con un precio de venta y renta máximo, de manera que posean un precio más asequible que las viviendas libres y que puedan destinarse a los sectores de población con recursos económicos limitados que cuentan con más dificultades para poder acceder a una vivienda.
La regulación de la Vivienda Protegida es competencia de las Comunidades Autónomas
Es la Comunidad Autónoma quien regula este tipo de viviendas, publicando cada 4 o 5 años los Planes Concertados de Vivienda y Suelo, donde se detallan los tipos de viviendas protegidas que se construirán durante los próximos, años, sus condiciones de acceso y sus precios máximos. La Comunidad propone la restricción en los precios de venta y en las rentas máximas a pagar, y éstas permanecen mientras esté vigente su régimen.
Para acceder a una de estas viviendas es necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación:
La mayor ventaja de obtener una vivienda de protección oficial (VPO) es la mejoría en el precio respecto una vivienda libre, además de la posibilidad de obtener ayudas del Estado o Comunidades Autónomas. Todavía hoy, con los remanentes de la última crisis económica, existen muchos municipios en los que los precios de mercado de viviendas libres no llegan a alcanzar los precios máximos propuestos por las Comunidades, debido a que no ha existido revisión en los valores unitarios fijados.
El inconveniente principal es que no pueden venderse libremente. Mientras la vivienda siga calificada como protegida del mismo régimen de protección y no haya expirado el plazo de descalificación, estará sujeta al derecho de tanteo y retracto. Esto significa que la administración tendrá derecho preferente para comprarla sobre cualquier otro interesado.
Por lo tanto, no es muy recomendable acceder a una vivienda protegida si no se tiene claro que se va a residir en ella durante un periodo largo.
Estas viviendas tienen su valor limitado hasta que:
El Valor Máximo Legal es el precio máximo por el que puede transmitirse una Vivienda de Protección Oficial
El régimen legal de una vivienda de protección es el conjunto de características, derechos y obligaciones a los que está sometida la vivienda y sus propietarios por el hecho de ser calificada como protegida.
Todas estas particularidades vienen recogidas en la Cédula de Calificación Definitiva, el documento donde se declara su protección y se detalla su régimen legal. También se indican, entre otros datos:
Las Viviendas Protegidas (VPO)son en la actualidad competencia de las Comunidades Autónomas y de ellas depende su regulación.
2. En el caso de viviendas de Protección Oficial de Promoción Privada calificadas provisionalmente a partir de 1978 tienen limitado su valor máximo legal salvo que se pueda acreditar su situación de viviendas libres.
Los técnicos debemos prestar especial atención a este punto, localizando a qué régimen se acoge la vivienda que estamos valorando y qué normativa le es aplicable puesto que esto condicionará en gran medida el valor de tasación.