Peritajes & Peritos


Nuestro cliente es una SL de promoci贸n inmobiliaria. Hace aproximadamente 20 a帽os compr贸 un terreno para construir 2 bloques de viviendas.

Este terreno con el tiempo y por diferentes circunstancias ha ido disminuyendo de valor durante estos 20 a帽os hasta llegar a la situaci贸n actual, con una valoraci贸n del 20% del precio inicial.




CASO PLANTEADO

Ha encargado una tasaci贸n, en una empresa acreditada, a 31.12.2023, y dado que este terreno estaba a la cuenta de existencias, la depreciaci贸n de estas existencias origina una p茅rdida contable muy importante superior a los 600.000,00 鈧.

驴Esta p茅rdida contable se puede traducir en una Base I negativa del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2023 o bien, teniendo en cuenta que se ha generado en 20 a帽os y no se contabiliza hasta ahora? 驴O bien, hay que esperar a una futura posible venta?


SOLUCI脫N

La gran mayor铆a de las correcciones valorativas de elementos de activo 煤nicamente tienen tratamiento como gasto contable y no pueden deducirse en el impuesto de sociedades, lo que genera ajustes a la hora de determinar el impuesto.

No obstante, la correcci贸n valorativa derivada del deterioro de existencias no se menciona art铆culo 13 de la ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades por lo que se interpreta que se acepta la norma contable y tiene la consideraci贸n de gasto deducible.

El terreno que adquiri贸 la sociedad deber谩 formar parte de las existencias al ser su actividad la de promoci贸n inmobiliaria. Al tratarse de activos comprado para ser vendidos en el curso normal de la actividad, de acuerdo con la definici贸n en el grupo 3 del Plan General de Contabilidad (PCG), aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre.

En este sentido, la norma 10陋 de registro y valoraci贸n del PCG dispone que...

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