Cuando pensamos en contratar personal de seguridad para velar por nuestro bienestar o el de nuestras instalaciones resumimos el servicio a contratar en vigilantes de seguridad. Pero debemos saber que, dentro de los vigilantes de seguridad, hay varias especializaciones que se adecúan a las necesidades reales que podamos tener.
Los vigilantes de seguridad privada se rigen por la Ley Orgánica 5/2014, del 4 de abril, de protección de la seguridad ciudadana, donde se especifica el tipo de formación exigible para desarrollar esta profesión y obtener la Tarjeta de Identidad Profesional (TIP). Además, es el propio Ministerio del Interior el que define las funciones asignadas a los vigilantes de seguridad. Entre éstas se encuentran:
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