Peritajes & Peritos

Existen distintas modalidades para compensar un pacto de no competencia poscontractual.

Cualquier pacto de no competencia poscontractual debe formalizarse siempre por escrito y cumplir los requisitos siguientes:

  • No puede superar la duración máxima prevista en la normativa (dos años desde la finalización de la relación laboral).
  • Debe existir un efectivo interés industrial o comercial de la empresa.
  • Debe implicar una compensación adecuada.

Para fijar qué importe económico a tanto alzado o qué porcentaje del salario anual se considera adecuado, hay que valorar si compensa el sacrificio que supone para el afectado el no prestar servicios durante un período determinado en un ámbito de actividad concreto, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia.

Generalmente, existen dos modalidades (o momentos) de pago:

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