Si una empresa recurre una liquidación tributaria y obtiene una resolución favorable, puede tener derecho a solicitar a Hacienda la devolución de los costes derivados de las garantías aportadas durante el procedimiento.
La presentación de un recurso contra una liquidación tributaria no implica, por sí sola, la suspensión del procedimiento recaudatorio de Hacienda.
Una excepción se produce cuando se interpone un recurso administrativo contra una sanción, supuesto en el que la suspensión se produce de forma automática.
Para paralizar la actuación recaudatoria, normalmente es necesario presentar un aval bancario u otra garantía admitida que cubra el importe de la deuda, los intereses de demora y los posibles recargos. Otra posibilidad es solicitar un aplazamiento del pago, aunque, con carácter general, también puede ser necesario aportar las correspondientes garantías de pago.
Si posteriormente el acto recurrido es anulado de forma total o parcial mediante una resolución administrativa o una sentencia judicial firme, se puede solicitar a Hacienda el reembolso del coste ocasionado por las garantías aportadas.
La normativa reconoce el derecho a reclamar estos importes, así como el interés legal correspondiente sobre dichos costes hasta que se produzca la devolución de las garantías.
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