Peritajes & Peritos

Artículo de Nacho Sauca, socio de Auren Abogados y Asesores Fiscales, en Uno Logística

Siempre es bueno cumplir años, es un signo inequívoco de que aún estás y ya es motivo de sobrada satisfacción (el orgullo ya depende de cómo se lleve); además te permite ver crecer a tus hijos, cumpliendo sus aspiraciones personales y profesionales, ser abuelo (aún me queda para eso) pero gracias al Tribunal Supremo y al Tribunal Constitucional he comprobado que cumplir años también es bueno para ver cómo unas leyes vigentes durante muchos años, aprobadas por los procedimientos legales establecidos, se ajustaban a los principios de la capacidad económica y que en la realidad nuestro marco normativo goza de una extraordinaria “seguridad y acomodo” a los principios constitucionales.

Conforme al párrafo anterior, cualquier persona que lo lea pensara que los Tribunales mencionados ha refrendado todas esas prácticas… pero no, no siempre ha sido así, como ha ocurrido recientemente con la norma que estableció el Impuesto Sobre el Valor de los Terrenos de Naturaliza ( IVTNU), conocida de forma coloquial como “plusvalía municipal”. Pues bien, la última sentencia del Constitucional de octubre de 2021 ha posicionado a este tema como la gran telenovela fiscal , superando a cuestiones como la retribución de los administradores o el tratamiento del fondo de comercio, cuestiones todas ellas de un enorme calado en los últimos años pero que parecen telenovelas de la serie B.

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