Peritajes & Peritos

Mercedes Ruiz Rico, socia del área procesal de Auren Abogados e Irene Sorribas Fuentes, gerente del área procesal de Auren abogados participan en el número 111 de la revista de Iberian Lawyer.

Os dejamos un extracto de su aportación:

"Durante los últimos años hemos sido testigos de un aumento generalizado de las demandas por vulneración del Derecho al honor, ocasionadas por la inscripción de datos personales en los ficheros de solvencia patrimonial o, como más comúnmente se conocen, “ficheros de morosos”, en los que los demandantes solicitan importantes indemnizaciones. Esta intensificación de la litigiosidad frente a estos ficheros no es casualidad, sino que ha venido incentivada por las muchas incógnitas que la aplicación e interpretación de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (“LOPD”) genera todavía.

La inclusión de datos personales en estos ficheros es una práctica generalizada, necesaria y perfectamente legítima, siempre que se cumplan los requisitos legamente previstos. Ahora bien, el tratamiento incorrecto de estos datos puede ocasionar una vulneración en el derecho al honor de los afectados, que resultará indemnizable.

El derecho al honor protege a la persona frente a expresiones que la hagan desmerecer en la consideración ajena, por lo que es esencial el cumplimiento de los requisitos previstos en la LOPD, para asegurar que la inscripción en los ficheros es válida y, así, evitar la vulneración en el derecho al honor.

Para ello, lo primero que se debe garantizar es que la deuda anotada sea una deuda cierta, vencida y exigible, porque la veracidad de los hechos excluye la protección del derecho al honor."

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