Algunos contribuyentes no presentan su autoliquidación del IRPF porque, por su volumen de ingresos, no están obligados a hacerlo. En todo caso, pueden presentarla, y es habitual que lo hagan si el resultado de la autoliquidación es a devolver.
No obstante, ¿qué sucede cuando, ya pasado el plazo de presentación, uno de estos contribuyentes que no presentó autoliquidación se da cuenta de que, de haberla presentado, le hubiese resultado a devolver? ¿Puede presentarla fuera de plazo?
Pues bien, en estos casos es mejor no precipitarse. Aunque se trate de una declaración presentada sin que el contribuyente esté obligado a ello, es extemporánea.
A las declaraciones extemporáneas se les aplican las siguientes reglas:
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