El derecho a deducir el IVA no es indefinido ni automático.
Aunque tengas una factura válida, solo podrás deducir el IVA si se cumplen dos condiciones: que la operación se haya devengado y que no hayan pasado más de cuatro años.
Además, hay casos especiales que modifican esta regla general.
Te los explicamos a continuación…
Uno de los aspectos clave en la gestión fiscal de cualquier empresa o profesional es la correcta aplicación del derecho a deducir el IVA soportado en sus operaciones.
Este derecho, regulado principalmente en los artículos 92 y siguientes de la Ley 37/1992 del IVA (LIVA) y en los artículos 111 a 114 del Reglamento del IVA (RIVA), debe ejercerse cumpliendo ciertos requisitos, tanto materiales como temporales, para evitar su pérdida o posibles contingencias en una inspección.
Regla general. Según el artículo 99. Uno LIVA y el artículo 98. Uno.1º RIVA, el derecho a deducir nace cuando se devenga el impuesto, siempre que el sujeto pasivo posea el documento justificativo válido (factura completa o simplificada, según el caso).
Ejemplo: Si su empresa recibe una factura en abril por una compra realizada ese mismo mes, y dispone de dicha factura, podrá deducir ese IVA en la declaración del segundo trimestre.
Sigue leyendo en ASESORES EMPRESARIALES ASOCIADOS
Portal de Peritaje y Peritos en España
¡Suscríbase a nuestro newsletter para estar al día con las últimas noticias y ofertas!
2026 © Chequeo, Gestión y Planificación Legal, S. L.. Todos los derechos reservados. Terminos y Condiciones | Política de Privacidad
Actualidad
Directorio
Provincias