Peritajes & Peritos

El derecho a deducir el IVA no es indefinido ni automático.

Aunque tengas una factura válida, solo podrás deducir el IVA si se cumplen dos condiciones: que la operación se haya devengado y que no hayan pasado más de cuatro años.

Además, hay casos especiales que modifican esta regla general.

Te los explicamos a continuación…


Uno de los aspectos clave en la gestión fiscal de cualquier empresa o profesional es la correcta aplicación del derecho a deducir el IVA soportado en sus operaciones.

Este derecho, regulado principalmente en los artículos 92 y siguientes de la Ley 37/1992 del IVA (LIVA) y en los artículos 111 a 114 del Reglamento del IVA (RIVA), debe ejercerse cumpliendo ciertos requisitos, tanto materiales como temporales, para evitar su pérdida o posibles contingencias en una inspección.


¿Cuándo nace el derecho a deducir el IVA?

Regla general. Según el artículo 99. Uno LIVA y el artículo 98. Uno.1º RIVA, el derecho a deducir nace cuando se devenga el impuesto, siempre que el sujeto pasivo posea el documento justificativo válido (factura completa o simplificada, según el caso).

Ejemplo: Si su empresa recibe una factura en abril por una compra realizada ese mismo mes, y dispone de dicha factura, podrá deducir ese IVA en la declaración del segundo trimestre.


Casos especiales

Sigue leyendo en ASESORES EMPRESARIALES ASOCIADOS

Categoria

Economistas