Aunque por ley no es obligatorio conceder días de libre disposición, los convenios colectivos y las políticas de empresa suelen regular su disfrute.
En el día a día de las empresas es frecuente que los empleados necesiten ausentarse del trabajo por motivos personales. Los días de libre disposición permiten conciliar la vida personal y laboral, aunque su gestión puede llegar a ser compleja.
Los días de libre disposición –también conocidos como días de asuntos propios– son aquellos días que las personas trabajadoras pueden utilizar a lo largo del año para ausentarse del trabajo sin necesidad de justificar la causa de su ausencia.
El objetivo del disfrute de estos días es facilitar el tiempo necesario para realizar las gestiones personales que los trabajadores no pueden efectuar durante su tiempo de descanso semanal.
Dado que la ley no establece nada respecto a este tipo de permisos, en general no es obligatorio que la empresa conceda días de libre disposición a sus trabajadores. No obstante, los días de asuntos propios son habitualmente reconocidos por convenio colectivo o por políticas o acuerdos de empresa. Por tanto, si un empleado solicita su disfrute, la empresa debe consultar siempre qué disponen estos documentos antes de darle una respuesta. Si en dichos documentos se reconoce su disfrute, debe acceder a la solicitud.
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