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En el BOE de 28 de diciembre de 2022 se ha publicado la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, por la que se crea el Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas.


Le informamos que la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, ha creado el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas (en adelante "IGF"). La aprobación de este impuesto ha sido objeto de fuertes críticas debido, principalmente, a que se ha prescindido de los mecanismos de coordinación previstos en el marco del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas.

Se configura como un impuesto complementario del Impuesto sobre el Patrimonio, de carácter estatal, no susceptible de cesión a las comunidades autónomas, para gravar con una cuota adicional los patrimonios de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros.

Además la norma, introduce otros novedades tributarias. Así, en el régimen de grupos fiscales del Impuesto sobre Sociedades se establece una limitación temporal al aprovechamiento por el grupo de las pérdidas generadas por sus entidades en el propio ejercicio y se introducen novedades significativas en la deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series y espectáculos en vivo. Finalmente, destaca la modificación de la normativa del Impuesto sobre el Patrimonio, en virtud de la cual los sujetos pasivos no residentes deberán tributar en España por la tenencia de acciones en entidades con inmuebles situados en este territorio.

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