La Inspección de Trabajo puede extender actas de infracción e imponer sanciones por incumplimientos de normativa en materia de relaciones laborales, Seguridad Social o prevención de riesgos laborales, entre otras materias.
Una vez finalizadas las actuaciones inspectoras, la empresa recibirá el acta de infracción, en la que se indicará el importe de la multa y las posibilidades de impugnación, el órgano al que dirigir el recurso y los plazos para ello, además de informar de la opción de acogerse a una reducción del importe de la multa.
La multa sólo podrá reducirse cuando la sanción tenga carácter exclusivamente pecuniario y podrá solicitarse un descuento del 40% siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
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