La pérdida de audición figura entre los problemas de salud más extendidos en determinados ámbitos laborales.
La exposición prolongada a niveles elevados de ruido durante la actividad profesional puede ocasionar lesiones irreversibles en el sistema auditivo, con consecuencias que trascienden el ámbito laboral y afectan directamente a la calidad de vida del trabajador.
Frente a esta realidad, son muchos los trabajadores que se plantean si la hipoacusia puede ser reconocida como enfermedad profesional.
La respuesta es afirmativa. Bajo determinadas condiciones, la hipoacusia puede obtener dicho reconocimiento, lo que abre la puerta a prestaciones económicas, indemnizaciones e incluso al reconocimiento de una incapacidad laboral.
A continuación se analiza en qué circunstancias se produce ese reconocimiento, cómo se acredita el origen laboral de la enfermedad y qué función desempeña el informe pericial médico en este tipo de procedimientos.
La hipoacusia consiste en la reducción parcial de la capacidad auditiva. Puede afectar a uno o a ambos oídos y manifestarse con distinta intensidad según el grado de afectación.
Sus manifestaciones más características incluyen:
Dificultad para seguir conversaciones con normalidad.
Necesidad de incrementar el volumen de dispositivos electrónicos.
Problemas para percibir sonidos de frecuencia aguda.
Percepción de zumbidos o pitidos (acúfenos).
Dificultades comunicativas en entornos con ruido ambiental.
Cuando la pérdida auditiva se desarrolla de forma progresiva y guarda relación con la actividad laboral, puede acarrear consecuencias de considerable relevancia tanto en el plano profesional como en el personal.
En España, una enfermedad profesional es aquella contraída como consecuencia directa del trabajo realizado y que se encuentra incluida en el cuadro oficial de enfermedades profesionales.
La hipoacusia neurosensorial inducida por ruido laboral está expresamente contemplada como enfermedad profesional cuando resulta de la exposición continuada a niveles sonoros elevados en el desempeño de la actividad laboral.
Para que pueda ser reconocida como tal, es necesario acreditar una relación causal entre:
La actividad profesional ejercida.
La exposición sostenida al ruido.
La pérdida auditiva clínicamente diagnosticada.
La pérdida auditiva de origen laboral presenta una incidencia especialmente elevada en trabajadores de los siguientes sectores:
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