Si una empresa tramitó un despido objetivo, el afectado impugnó el cese y el asunto está pendiente de juicio, contratar a otro empleado puede ser contraproducente para el proceso judicial, o incluso hacer que el despido se declare improcedente.
El despido será procedente si la causa objetiva fue real y pueden acreditarse las razones productivas y organizativas en juicio. Así, si la nueva contratación paralela o posterior al despido es razonable (es decir, si se ajusta a las necesidades de la empresa, que actúa “de buena fe”, ya que el trabajador despedido no podría haber ocupado el nuevo puesto), no debería afectar al procedimiento de despido.
Por ejemplo:
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