Peritajes & Peritos

Consumo propone sancionar con 3,6 millones de euros a Alquiler Seguro por prácticas abusivas en contratos de arrendamiento. El expediente revela cobros indebidos, seguros no solicitados y cláusulas irregulares que vulneran los derechos de los inquilinos y la normativa de consumo.

Según hemos conocido por la información publicada en medios, la inmobiliaria puede haber cometido serias infracciones que van desde el cobro de comisiones indebidas a la contratación de seguros no solicitados.



¿Qué ha detectado Consumo en el caso de Alquiler Seguro?

El expediente sancionador de Consumo señala, como decimos, varias conductas irregulares que, según la investigación, se habrían producido de forma continuada.

Conviene entender que se trata de prácticas que afectan directamente al contrato de alquiler y a los derechos básicos del inquilino, entre las que se encuentran:

  • Obligar al inquilino a contratar un seguro de hogar, aunque la ley no le obliga a hacerlo.
  • Imponer un “servicio de atención al inquilino no siempre fue solicitado o sin un beneficio real al arrendatario.
  • Incluir cláusulas que permiten la inclusión del inquilino en ficheros de morosos sin que la deuda esté claramente determinada.
  • Exigir estudios de solvencia de forma abusiva.
  • Trasladar al inquilino gastos de gestión inmobiliaria o de formalización del contrato, que por ley corresponden al propietario o a la inmobiliaria.


¿Qué dice la ley sobre los contratos abusivos de las inmobiliarias?

Para entender del todo por qué estas prácticas pueden ser sancionadas, hay que ver qué establecen las leyes que protegen a los consumidores en el momento en el que desean alquilar una vivienda.

Los gastos del contrato no los debe pagar el inquilino

La normativa sobre vivienda y consumo es clara en este aspecto: tanto los gastos de gestión inmobiliaria como los de formalización del contrato los debe asumir el propietario o la empresa que alquila el piso (la inmobiliaria), no el inquilino.

La razón es sencilla: quien contrata el servicio de la agencia es el arrendador, no quien alquila la vivienda. Por tanto, cargar esos gastos al inquilino se considera una práctica abusiva.

No se puede...

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