Nuestros abogados especialistas en Derecho Mercantil te explican todo lo que debes saber sobre el pacto de no competencia o no concurrencia postcontractual.
El pacto de no competencia post-contractual o pacto de no competencia es un acuerdo entre la empresa y el trabajador que compromete a éste, una vez finalizada la relación laboral con la empresa, a abstenerse durante un periodo limitado de tiempo de realizar cualquier actividad profesional que pueda entrar en competencia con su antiguo empleador.
Un ejemplo clásico es el de quienes trabajan para una determinada empresa y quieren marcharse a la competencia directa.
Las cláusulas de no competencia suelen utilizarse para evitar que un exempleado trabaje para la competencia o cree nuevas empresas relacionadas. Suelen utilizarse en negocios que requieren información que no está generalmente disponible y que podría ser utilizada por el exempleado para dar ventaja a una organización competidora.
En la mayoría de los países, el acuerdo de no competencia se considera una forma de restricción del comercio. Un pacto restrictivo que impida a un empleado o exempleado competir en un negocio o profesión contra su empleador después de la terminación de su empleo es nulo e inaplicable.
Al no existir una excepción general a estas normas en la legislación, los acuerdos que pretenden excluir a un empleado de trabajar en un campo concreto no son ejecutables si van más allá de lo razonable.
Estas disposiciones siempre se han considerado contrarias a la buena fe y jurídicamente inaplicables por un tribunal porque son contrarias al orden público y van en contra de los derechos de los trabajadores. Por lo tanto, sólo pueden incluirse en un contrato laboral bajo condiciones específicas.
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