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Este mismo mes de mayo entra en vigor la nueva Ley de la Vivienda, después de ser ratificada el pasado 27 de abril.

Una ley muy polémica ya desde su nacimiento, que trae una serie de modificaciones sustanciales, sobre todo las condiciones para realizar un desahogo.

Es un tema muy importante que no solo afecta a inquilinos en situación vulnerable, sino al caso de viviendas okupadas, que pueden, a partir de ahora, ser más complicado desalojar.

Como toda nueva ley que aparece, lo hace con cierta confusión, por este motivo, nuestro equipo de abogados penalistas especialistas, redacta este contenido, que resuelve todas tus dudas.

Ley por el Derecho de la Vivienda

La fecha de entrada en vigor se prevé antes del 28 de mayo, el día en el que el país afronta las siguientes elecciones, municipales y autonómicas.

Esta ley aparece con la idea de proteger la situación de vulnerabilidad en la que viven muchas personas, solas o familias enteras, que tienen que enfrentarse a un desalojo de su vivienda, al no ser capaces de afrontar los pagos de las rentas.

Por otro lado, trata de “castigar” a propietarios de varias viviendas, penalizando los casos en los que se mantienen desalojadas.

El revuelo viene a partir de que, de ella y de sus beneficios, tengan la oportunidad de aprovecharse de okupas y, sea mucho más complicado el desalojo, aunque no imposible, como has podido escuchar en algunos medios.

Novedades Ley de la Vivienda

Es una ley polémica desde el momento en el que sale a la luz, y ha enfrentado a partidos políticos a diario, hasta su aprobación.

Estos son los puntos novedosos que te encuentras, a partir de ahora, ya seas arrendador o arrendatario.

01.-Límite en la subida de alquileres

Esta nueva ley trae cambios en la manera de incrementar los alquileres anuales una vez que se tiene que renovar el contrato.

A partir de ahora hay un límite, y no es decisión del arrendador

Hasta final de este año, el aumento en caso de renovación está limitado a un 2%

En el próximo año, en 2044, el límite estará en el 3%.

A partir de entonces, el aumento será referenciado al IPC en cada momento y será, por lo tanto elaborado por el Instituto Nacional de Estadística (INE)

02.-Alquileres en zonas tensionadas

El alquiler de una vivienda va a depender de la zona de la ciudad en la que se encuentre.

Esto es que, si está en un área categorizada como “tensionada”, debe cumplir una serie de condiciones.

La ley intenta facilitar el acceso a ellas a personas que, de otra manera, no pueden hacerlo.

En caso de ser un “gran tenedor”, (5 o más inmuebles es estas zonas), se tiene la obligación de poner sus viviendas en alquiler-

En caso de “pequeños tenedores” (menos de 5), pueden acceder a ayudas fiscales para poder hacer frente a esta obligación.

Zonas tensionadas

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