Peritajes & Peritos

Se conoce la sentencia de un nuevo caso particular y significativamente singular en la carrera profesional de los Peritos, Dr. Tiffon (Psicólogo Forense) y Dr. Solé (Médico Psiquiatra) y por el que han conseguido evitar la pena privativa de libertad en prisión de su cliente.

De nuevo y en esta ocasión, el caso fue jurídicamente dirigido por el Letrado Penalista David Sans Acuña, quien también intervino recientemente (mayo 2023) en el mediático caso del doble crimen de Esplugues (ver AQUÍ), en colaboración con el Dr. Tiffon y Dr. Solé.

En esta ocasión, el investigado sufría de una grave afectación de trastorno del control de los impulsos: ludopatía o juego patológico, por el que su voluntad se hallaba tan gravemente afectada que incidió negativamente en al aparato cognitivo del mismo practicando la (patológica) delincuencia funcional y llegar al alarmante endeudamiento económico de casi 2 millones de euros (haciendo transferencias bancarias desde la empresa en la que trabajaba a su cuenta de tesorería personal).

El presente caso es, hasta la actualidad y muy posiblemente, el caso psicológico forense de ludopatía y juego patológico más grave que ha pasado y se ha analizado en el despacho de CONSULTORIA EN PSICOLOGIA LEGAL Y FORENSE – Dr. Bernat-N. Tiffon, y por el que requirió de la ayuda profesional-terapéutica de ACENCAS – Asociación Centro Catalán de Adicciones Sociales a cargo de Dn. Francesc Perendreu.

Tal como se desprende de la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (2023), la explicación jurídico-legal de la ludopatía se describe del siguiente modo:

“Por lo que hace a la circunstancia atenuante analógica de ludopatía o adicción al juego, del artículo 21.7ª, en relación con el artículo 21.2ª CP, postulada por la defensa y el Ministerio Fiscal, y negada por la acusación particular, se hace necesario apreciarla porque la prueba pericial médico-psiquiátrica y psicológica practicada acredita ampliamente que a los tiempos de los hechos, el acusado presentaba un “trastorno de los hábitos y del control de los impulsos: ludopatía o juegos patológico… (y) cumplía criterios del DSM-5 para el diagnóstico de juego patológico”, y la afectación de esta patología era “significativamente grave”, lo que explica las más de 850 visitas que el acusado hizo en el Casino a lo largo de 5 años (visitas que constan en la certificación emitida por el Casino)”.

Se hace necesario apreciar la circunstancia atenuante de ludopatía o juego patológico, siguiendo la doctrina jurisprudencial recogida en la STS 559/2020 que dice: “En cuanto a la ludopatía, es considerada por la jurisprudencia de esta Sala como una “entidad nosológica que se presenta dentro de la conducta más general de incapacidad para controlar los impulsos, que naturalmente no afecta el discernimiento, sino a la voluntad del individuo”. En definitiva, se trata de una situación en la que el sujeto no puede resistir la tentación de jugar, lo que implica una dependencia psicológica constituida por un impulso más o menos irresistible. Dicho en la moderna tecnología del Código Penal, se estaría vía artículo 20.1 del CP en una situación de total alteración psíquica, que le impediría al sujeto afectado actuar conforme a la comprensión —que conoce— de la licitud de su acción.

Por eso, y como también tiene declarado la jurisprudencia de esta Sala, la comprensión del ludópata actúa en el momento en que la oportunidad del juego se le presenta y domina su voluntad en torno al acto concreto de jugar, su relevancia afectará a la valoración de las mismas, temporal e inmediatamente dirigidas a satisfacer tal compulsión en el ámbito lúdico, mientras que en otros actos más lejanos obrará solo como impulso organizado para lograr el futuro placer del juego, impulso que es, en este estadio, racional y dominable, o al menos, no irrefrenable (…) y debe acreditarse la incidencia del trastorno en el hecho y que exista una adecuada relación de causalidad y de dependencia entre el trastorno y su incidencia en el hecho analizado.

(…)

Dicho más claramente...

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